Borrador de los estatutos

La Plataforma Estatal de Profesionales de la Arqueología (PEPA) es el resultado de una serie de encuentros de profesionales del sector de la Arqueología de todo el Estado Español, que tienen su inicio en Cádiz, en Noviembre de 2018, y cuyo objetivo el llevar a cabo planes estratégicos y acciones que persigan la consolidación de la profesión, desde los puntos de vista administrativo, legal y social, la unión del colectivo y el apoyo mutuo entre profesionales y entre los diferentes Colegios Profesionales, Asociaciones y Colectivos de  diferentes zonas geográficas del Estado Español.

La PEPA es un proyecto horizontal y democrático, que se rige por normas de democracia directa, y donde las decisiones se tomarán en asamblea y de una forma consensuada, alejados de los individualismos y la falta de consenso.

Los valores que defendemos desde la PEPA se podrán consultar en estos estatutos, y especialmente en el ideario de la Asociación, un documento vivo que se repensará en cada edición de la Asamblea General.

Esperamos vuestros comentarios y sugerencias en la zona inferior de está página.

El próxima día 26 de febrero en Bilbao en la I sesión de trabajo de la Plataforma se hará la presentación oficial de estos estatutos y se avanzará en otros temas de interés. Todos los detalles serán publicados en esta web.

Versión definitivaVersión 1.0

Agradecemos la participación de todas aquellas personas que han contribuido a la redacción definitiva de este documento.

5 comentarios en “Borrador de los estatutos”

  1. Estimados compañeros:

    Respecto al texto de los estatutos solo hacer unas pocas apreciaciones:

    Artículo 3B

    Pone «Proteger y defender el patrimonio cultural, histórico y arqueológico, material o inmaterial […]». Añadiría patrimonio etnográfico e industrial, aunque podría incluirse en la definición de Patrimonio Cultural.

    En el siguiente párrafo indica «Para ello podrá denunciar los hechos ante la opinión pública, así como presentar denuncias o querellas formales por los mismos ante las Administraciones Públicas y los juzgados y tribunales [..]» Creo que ante la administración pública no se pueden poner querellas, que entiendo son sólo en el ámbito judicial. Quizá quedaría mejor dejar solo la frase «llevar a cabo las mismas acciones que se detallan en el segundo párrafo del apartado a) de este artículo» como indica posteriormente.

    En líneas generales están muy bien, pero echo de menos el que la plataforma se meta más de lleno en lo que es la arqueología profesional. Por supuesto, la divulgación, denuncia, etc., de todo aquello que tenga que ver con el patrimonio siempre es bienvenido y ayuda, pero no podemos ser ajenos al desarrollo de la profesión en distintos ámbitos que creo que sería interesante desarrollar en mayor medida en los estatutos:

    – Acceso a la arqueología profesional: creo que es un tema importante, más si se abre la puerta a la plataforma a los estudiantes de carreras con ésta posible salida. Sería interesante buscar una fórmula de acceso a nivel nacional y defender/proteger la figura del técnico arqueólogo, del que se abusa en muchos casos.

    – Tratar de buscar un consenso a nivel nacional en materia de contratos por parte de los profesionales de la arqueología, tanto de personal arqueólogo como con clientes. Igualmente habría que hacer una valoración general de las licitaciones públicas en materia de Patrimonio Cultural. Tratar el tema de honorarios.

    – El acceso a seguros de responsabilidad civil apropiados de forma obligatoria para todos los profesionales

    – La protección del profesional a nivel jurídico ante resolucionas arbitrarias por parte de la administración, impagos, etc.

    – Posibilidad de establecer alguna fórmula de acción frente al intrusismo profesional en los ámbitos del Patrimonio Cultural (divulgación, denuncias, etc.), así como contra la mala gestión que se pudiera probar contra compañeros, que también la hay.

    – Valorar la potenciación de tecnologías aplicadas al patrimonio cultural (GIS/SIG, Fotogrametría, Drones y fotografía aérea, LiDAR, etc.)

    Ahora mismo no se me ocurren más cosas, pero en todo caso, muchísimas gracias por vuestro trabajo y damos la bienvenida a ésta propuesta. Gracias!!

  2. Pingback: 1ª Sesión de Trabajo: presentación de los estatutos - Plataforma Estatal de Profesionales de la Arqueología

  3. Me parece todo perfecto. A veces es mejor ser generalista en algunas cuestiones para no entrar en debates eternos. El modelo es el que se siguen en muchas asociaciones, así como en estatutos colegiados. De igual modo me ha gustado todo lo relativo al órgano de representación (Capítulo III). Se busca una organziación horizontal frente a la vertical. Esperemos que esto no cause problemas de gestión.

    Mis comentarios irían en ampliar o reducir algunos artículos:

    1- Me parecería interesante reforzar la labor social y educativa que persigue la plataforma: Promover el reconocimiento de la Arqueología como actividad profesional especializada (tanto en el ámbito educativo y de investigación en la universidad, como en el ejercicio profesional en las administraciones públicas y en las empresas privadas).

    2- En el artículo 15. Clases. (Primero cambiaría este término por miembros..eso de clases suena muy trasnochado en el tiempo) Señalaría qué título oficial y habilitante está reconocido por el Ministerio de Educación para ejerer la profesión de arqueología (¿Un biólogo, un ingeniero de camino, un licenciado en Historia, en Historia del Arte, un geólogo que tienen 10 publicciones en revistas de Arqueología y que ha participado en numerosas actuaciones arqueológicas? ¿Se ha comprobado a nivel autonómico quienes pueden ejercer la profesión de Arqueología en cada Comunidad?
    Se podría también añadir: Estos profesionales deberán tener la titulación para ejercer la profesión y, en su caso, la habilitación que marque la ley, tanto para los ciudadanos del estado español como para los de la Unión Europea.
    En el mismo artículo, entendiéndolo como algo superfluo en la composición general del documento y que quizás no vaya a ningún lado, suprimiría el apartado miembros «c) De honor». Este tipo de «clase» me recuerda a los reglamentos de los CDL´s donde se premia o distingue a persona o entidad. Al igual que el título del artículo «Clases», me parece una denominación arcaica.

  4. Estimados compañeros:
    Llego tarde paras las alegaciones, en el punto 4. Cuatro delegados/as solidarios de Coordinación con las siguientes competencias:
    a) Coordinar los distintos grupos de trabajo que se constituyan.
    b) Realizar las funciones encomendadas por la Asamblea General.
    Considero un número pequeño de representación, creo que debería de ser uno por comunidad autonómica, y que a su vez existiera la figura de Subdelegado por provincia.
    Lo veo a la hora de participación más dinámico porque como estamos viendo a lo largo de los congresos, tenemos problemas comunes, pero otros son muy particulares dependiendo de la provincia en la que se trabaje.
    En futuras reuniones participaría el delegado de la comunidad, pudiendo delegar o hacer partícipe a alguno de los subdelegados según motivo y causa justificados. Sería por poner un ejemplo como el CODOLI, que engloba Jaén, Almería y Granada, tres subdelegados, y un Presidente que sería el delegado.
    Propongo esta fórmula para que no sea un número muy elevado de delegados, pero si el de subdelegados que irían coordinado por el delegado de comunidad.
    Es una manera de tener voz todas las provincias.

  5. Sobre el Capitulo IV socios/as
    Creo que para lograr un colectivo cuantitativamente fuerte y representativo podría ampliarse como miembros activos además de personas físicas a representante de asociaciones
    así se refuerza la red de participación

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